jueves, 29 de agosto de 2013
LA FOTO DEL RECUERDO DEL 50 ANIVERSARIO
El equipo en pleno del Colegio de Aplicación San Marcos., luego de una ardua labor, se muestra en sus rostros la satisfacción por el alto nivel logrado en la organización y la presentación de nuestros estudiantes a través de las distintas manifestaciones artísticas en el Festiarte 2011.
martes, 27 de agosto de 2013
CONCURSO PÚBLICO DOCENTE (C) 2013
UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS
(Universidad
del Perú, DECANA DE AMÉRICA)
Facultad De Educación
COLEGIO DE APLICACIÓN SAN MARCOS
CONCURSO PÚBLICO(C) PARA CUBRIR PLAZAS DOCENTES 2013 -
CASM
Se convoca a concurso público para cubrir nueve
plazas docentes de contrato, para el periodo del 01 de setiembre al 31 de
diciembre del 2013.
Plaza
Número
|
Cantidad
de plazas
|
ESPECIALIDAD
|
Nº
Horas
|
9
|
1
|
CC. SS. (Psicología y
Cívica)
|
22
|
10
|
1
|
cc. ss.(Geografía, Historia)
|
19
|
11
|
1
|
E.P.T.(Cómputo)
|
28
|
12
|
1
|
EDUCACIÓN FÍSICA
|
28
|
14
|
1
|
CTA.(Física, Química)
|
26
|
15
|
1
|
CC. SS.(Filosofía Lógica)
|
17
|
18
|
1
|
MATEMÁTICA, FÍSICA
|
24
|
19
|
1
|
COMUNICACIÓN
|
20
|
24
|
1
|
TUTORÍA
|
24
|
REQUISITOS
1. Título
profesional de la especialidad.
2. Copia
de DNI.
3. Curriculum
Vitae documentado (copia simple)
ORDEN DE EXPEDIENTE:
solicitud, indicando el Nº de plaza y la especialidad, título, dni,
declaraciones juradas de no estar incursos en impedimentos legales, documentos
que acreditan estudios, documentos que acreditan experiencia laboral.
PRESENTACIÓN DE EXPEDIENTES
Mesa de partes del Colegio de Aplicación,
sito en Cápac Yupanqui 1700 – Lince. De 08:00 a 16:00 horas.
CRONOGRAMA
27
de agosto
|
Publicación
de Convocatoria
|
28,
29
|
Presentación
de Expedientes
|
2,
3 de septiembre
|
Evaluación
|
4
de septiembre
|
Publicación
de Resultados
|
4
de septiembre
|
Posesión
de cargo
|
Lima, 26 de agosto del 2013
LA COMISIÓN
lunes, 26 de agosto de 2013
REGLAMENTO INTERNO DEL CASM
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
FACULTAD DE EDUCACIÓN
COLEGIO DE APLICACIÓN
SAN MARCOS
REGLAMENTO DE DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS
CAPÍTULO I
DEL REGLAMENTO Y SU BASE
LEGAL
Artículo
1. Constituyen la base legal del
Reglamento de Derechos y Obligaciones de los alumnos las siguientes normas
legales:
a) La Constitución
Política del Perú
b) Ley
General de Educación Nº 28044
c) Ley
del Profesorado y su modificatoria Nº 25212 y DL
26011
d) Código
del Niño y del Adolescente
e) Ley
Universitaria Nº 23733
f) Resolución
Ministerial Nº 168-2002-ED
g) Estatuto
de la Universidad
Nacional Mayor de San Marcos
h) Resolución
Directoral USE 03 Nº 1127
i)
Reglamento
Interno del Colegio de Aplicación San Marcos RR Nº 01945-R-03
Artículo
2. El Reglamento de Derechos y
Obligaciones de los alumnos rige para los siguientes estamentos:
a) Personal
docente y administrativo
b) Padres
de familia y/o apoderados
c)
Alumnado
Artículo
3. El presente Reglamento tiene como
objetivo normar y mejorar las relaciones de convivencia entre los alumnos,
profesores y personas que se relacionen con el Colegio, así como propiciar el
desarrollo y crecimiento de los estudiantes.
Artículo
4. El ámbito de vigencia del presente Reglamento está constituido por los
ambientes internos del Colegio y por los ambientes externos, a donde el
desplazamiento de los alumnos sea necesario para desarrollar actividades
previstas por la institución educativa, así como también las calles de tránsito
del alumno vistiendo el uniforme escolar.
CAPÍTULO II
DE LA GESTIÓN, FINES,
OBJETIVOS Y PRINCIPIOS DEL CASM
DE LA
GESTIÓN
Artículo
5. El Colegio de Aplicación San
Marcos de la Facultad de Educación de la Universidad Nacional Mayor de San
Marcos es una unidad orgánica de la Facultad de Educación, que depende
administrativa y financieramente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos
y no del Ministerio de Educación.
Artículo
6. El Colegio de Aplicación San
Marcos, en lo académico, cumple con el Diseño Curricular Nacional del
Ministerio de Educación, pudiendo hacer uso de la diversificación curricular
para adecuar la propuesta educativa del CASM.
FINES
Artículo 7. El
Colegio de Aplicación San Marcos cumple los siguientes fines:
a) Conservar, acrecentar
y transmitir la cultura nacional y universal con sentido crítico y creativo.
b) Promover el
desarrollo socio emocional de los niños y jóvenes en el contexto histórico
cultural local, nacional y mundial.
c) Promover el máximo
desarrollo de las habilidades y estrategias cognitivas de los niños y jóvenes
atendiendo a sus diferencias individuales, genéticas y culturales.
d) Realizar
investigaciones pedagógicas-didácticas y otras afines con el objeto de ofrecer
alternativas eficaces y viables para su propio desarrollo y la transformación
educativa del país.
e) Ser un centro de
aplicación de la práctica Pre Profesional y la investigación
Pedagógica-Didáctica de las unidades académicas de la Facultad de Educación y
otras afines de la
Universidad Nacional Mayor de San Marcos.
f) Formar ciudadanos
conscientes, responsables y equilibrados, competentes en sus roles de
trabajadores, estudiantes y padres de familia.
g) Formar ciudadanos
capaces de trabajar en la comunidad asumiendo el rol de líderes a partir del
conocimiento, análisis y crítica de su entorno.
h)
Contribuir al estudio y enjuiciamiento de la problemática
educativa nacional e internacional, con plena independencia de criterio,
planteando alternativas de solución.
OBJETIVOS
Artículo
8. Son objetivos del Colegio de Aplicación
San Marcos:
a)
Impartir
una educación integral, en correspondencia con las necesidades y adelantos de
nuestra sociedad actual y con proyección al futuro.
b)
Desarrollar
programas pedagógico-didácticos y experimentales que contribuyan al desarrollo teórico
y tecnológico de la educación.
c)
Diseñar
y ejecutar proyectos de investigación educativa en coordinación con la Facultad
(Instituto de Investigaciones Educativas), y con la participación de los
alumnos de las Escuelas Académico Profesionales de Educación.
d)
Propiciar
y facilitar la participación de los docentes del Colegio en el desarrollo de
proyectos de innovación en coordinación con la Facultad.
e)
Aplicar,
adecuar, crear o recrear las más moderna estrategias y técnicas de enseñanza y
de evaluación, en función de nuestra realidad educativa y para el cumplimiento
de nuestros fines.
f)
Desarrollar
modelos de gestión y administración para la educación escolar peruana.
g)
Capacitar
y/o actualizar permanentemente a su personal docente y administrativo.
PRINCIPIOS
Artículo
9. El Colegio de Aplicación San
Marcos, para el cumplimiento de sus objetivos, se rige por los principios de:
a)
Equidad
e inclusión
b)
Información
c)
Singularidad
d)
Oportuna
e)
Autonomía
f)
Pertinencia
g)
Eficiencia
Artículo
10. El principio de equidad e
inclusión, asiente que los alumnos deben ser tratados en igualdad de
condiciones, por lo tanto, todos los alumnos deben recibir todos los beneficios
que el Colegio otorga a sus integrantes en razón del proceso educativo.
Artículo
11. El principio de información, reconoce
que los alumnos deben ser informados de las disposiciones que le conciernen a tiempo; establece que los alumnos serán informados
con anticipación de las normas del presente Reglamento y, de las normas e
indicaciones que las distintas instancias del Centro Educativo den en relación
al desarrollo de las actividades escolares.
Artículo
12. El principio de singularidad,
reconoce la individualidad de cada ser humano y el respeto que se merecen las
particularidades y los ritmos de cada persona. Este respeto debe traducirse en
una pedagogía normativa que sea adaptable a cada alumno y que fomente su
creatividad e iniciativa.
Artículo
14. El
principio de autonomía, reconoce y propicia la capacidad de tomar decisiones en
los alumnos en función de las necesidades y mejoramiento de su formación
personal y escolar, sin afectar los intereses propios de los demás alumnos y de
la Institución Educativa.
CAPÍTULO III
DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DE LOS DERECHOS
Artículo
15. Son derechos de los educandos:
a)
Recibir
una formación educativa integral y de calidad dentro de un ambiente de
seguridad moral, física y psicológica.
b)
Ser
tratados con respeto y consideración sin discriminación alguna.
c)
Recibir
estímulos positivos por el cumplimiento de sus deberes y participaciones en las
diferentes actividades culturales y deportivas del plantel, tanto internas como
externas.
d)
Ser
atendidos por el Área de Tutoría para superar sus dificultades académicas y
conductuales.
e)
Ser
atendidos ante cualquier emergencia médica y derivados al centro de salud que
corresponda.
f)
Elegir
y ser elegido en una representación estudiantil, con apoyo de los docentes y la
autorización de la Dirección
o Cuerpo Directivo.
g)
Formar
grupos académicos, artísticos y deportivos, sin fines de lucro, siempre que no
contravengan las buenas costumbres y la moral.
h)
Participar
en la elaboración de las Normas de Convivencia.
i)
Participar
en las excursiones organizadas por el Colegio.
j)
Recibir
trabajos o tareas escolares planificadas y en proporción racional al tiempo y
capacidad de los alumnos para su cumplimiento.
k)
Hacer
uso de las instalaciones, juegos recreativos y materiales del Colegio, en horas
autorizadas y supervisados por profesores o tutores.
l)
Justificar
sus inasistencias en los casos que el presente Reglamento lo permita.
m)
Presentar
reclamos y/o peticiones, oportunamente, a las instancias pertinentes por
considerar que sus derechos o bienestar personal y estudiantil han sido
afectados.
n)
Ser
atendidos con la prontitud que el caso amerite, por las instancias correspondientes,
de las agresiones físicas, verbales o de otra naturaleza ocasionadas por los
integrantes de los distintos estamentos del Centro Educativo.
DE LAS OBLIGACIONES
Artículo
16. Son obligaciones de los alumnos:
a) Cumplir
con el presente Reglamento.
b) Contribuir
al buen desarrollo de las clases y de todas las actividades escolares.
c) Velar por el prestigio y la buena imagen del Colegio,
dentro y fuera del plantel, y no usar el nombre del Colegio en actividades o
acciones no autorizadas por la
Dirección.
d) Respetar
al personal docente y trabajadores del Colegio dentro y fuera del plantel.
e) Seguir
las indicaciones dadas por el personal directivo y docente en relación al
proceso educativo.
f) Respetarse
a sí mismo y a sus compañeros dentro y fuera del plantel.
g) Actuar
con honradez y veracidad en todos los
actos de la vida escolar.
h) Demostrar
en todo momento respeto a los símbolos patrios, del Colegio, de la UNMSM y de
otras instituciones, así como a los símbolos religiosos.
i) Cumplir
el horario de ingreso y salida del local del Centro Educativo en toda
oportunidad.
j) Observar
las Normas de Convivencia acordadas.
k) Mantener
y colaborar en el orden y disciplina en la formación y en todas las actividades
que se realicen.
l) Hacer
uso de vocabulario y expresiones adecuadas, sin insultos, apodos o palabras soeces.
m) No
arrojar desperdicios a los ambientes del Centro Educativo, y tampoco hacer
inscripciones en el mobiliario y/o equipos del mismo.
n) Vestir
correctamente el uniforme del Centro Educativo en las actividades escolares
autorizadas por el Colegio y durante las clases.
o) Asistir
al curso de Educación Física con el uniforme establecido, sólo en días que
correspondan a dicho curso, o cuando las autoridades lo crean pertinente.
p) Practicar
permanentemente el aseo personal, tanto del aspecto corporal como de la
vestimenta.
q) Presentar
el material que soliciten los profesores en las diversas asignaturas.
r) Velar
por la conservación y mantenimiento de los ambientes del plantel, así como del
mobiliario: laboratorio de Cómputo, laboratorio de Ciencias, equipos de música,
artículos deportivos, sillas, carpetas, pizarras y todo aquello que se
considere como parte del Colegio.
s) Reponer
o reparar los materiales o bienes dañados con intención destructiva o por
negligencia.
t) Hacer
entrega oportuna de los comunicados, citaciones o informaciones a su padre y/o
apoderado, y devolverlos debidamente firmados, a los tutores o autoridades
cuando se le indique.
u) Informarse
de las indicaciones y disposiciones dadas durante su inasistencia al Centro
Educativo.
v) Portar
el material básico escolar para participar en el desarrollo de la clase.
w) Los
alumnos cuyas notas anuales sean inferiores a 14 están obligados a llevar
cursos de nivelación escolar.
CAPÍTULO IV
DE LA ASISTENCIA, PUNTUALIDAD Y
PRESENTACIÓN PERSONAL
DE LA ASISTENCIA
Y PUNTUALIDAD
Artículo
17. Los padres deberán tener en cuenta
las siguientes normas respecto a la asistencia y puntualidad de los alumnos:
a)
Garantizar
que sus hijos cumplan el horario de entrada y salida establecido para el año
escolar en curso. La entrada será desde las 7:00 hasta las 7:30.
b)
La
puerta de ingreso de alumnos se cerrará a las 7:30 otorgándose a los alumnos
cinco minutos de tolerancia en el ingreso al Colegio. Los que llegaran después
de las 7:35 esperarán al cambio de bloque horario para poder ingresar al aula.
c)
Los
alumnos que acumulen tres tardanzas en el bimestre, deberán de asistir
acompañados de su padre o apoderado para firmar un compromiso de no
reincidencia; en caso contrario el alumno no ingresará a aula.
d)
Los
padres cuyos hijos faltaran al dictado de clases, por razones familiares o de
salud, deberán justificar la inasistencia por escrito y dirigirla al tutor, con la firma del responsable de la
matrícula (padre o apoderado) al reintegrarse el alumno.
e)
Las
inasistencias al Colegio, por enfermedad prolongada, deben comunicarse a la
Dirección por medio de una solicitud acompañada de los respectivos comprobantes
médicos.
f)
Cualquier
inasistencia no justificada será controlada por el tutor responsable, quien solicitará
la presencia de los padres del alumno.
g)
Si
el alumno tuviese necesidad de retirase antes del horario establecido, el
permiso será solicitado personalmente o por escrito por el padre de familia o
apoderado, responsable de la matrícula, al tutor de grado quien registrará la
salida en la agenda escolar.
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
Artículo
18. Los padres deberán asegurase que
sus hijos cumplan con las siguientes normas de presentación personal:
a)
El
uniforme del CASM, en el caso de las mujeres, consiste en blusa blanca manga
corta con el escudo de la UNMSM; falda azul marino, sin tirantes, pliegue al
costado y largo debajo de la rodilla, o pantalón azul marino (sólo en invierno);
chompa guinda; zapatos negros; y medias azules. Los varones usarán: camisa
blanca manga corta con el escudo de la UNMSM, pantalón azul marino, correa
negra, chompa guinda, zapatos negros, medias azules. El uso de la camisa y la
blusa es dentro del pantalón y la falda respectivamente.
b)
El
uniforme de Educación Física consiste en polo blanco con escudo de la UNMSM , polo de cambio
blanco, short o buzo guinda del Colegio, zapatillas blancas, medias blancas.
c)
El
cabello de las mujeres, en el caso de ser largo, deberá sujetarlo con cinta o
colette color guinda; y de ser corto, usarán una cinta o ganchos a fin de que
no esté cubriendo el rostro; los varones deberán llevar corte escolar.
d)
No
está permitido el uso de maquillaje, cabello teñido, uñas largas, esmalte de
uñas, tatuajes ni piercing.
e)
El
uso de aretes, reloj, cadenas y pulseras será establecido en las Normas de Convivencia.
CAPÍTULO V
DE LOS ESTÍMULOS, SANCIONES Y FALTAS
DE LOS ESTÍMULOS
Los estímulos son
actos de reconocimiento, con medios materiales y/o inmateriales pertinentes,
para premiar conductas meritorias extraordinarias en relación a logros de
aprendizajes educativos.
Artículo
19. Los alumnos que realicen acciones
extraordinarias en comportamiento y aprovechamiento, cumplan con sus
obligaciones, participen o representen al Colegio en eventos académicos,
artísticos, deportivos y culturales, se harán acreedores a los siguientes
estímulos:
a)
Felicitación
verbal al interior de su aula.
b)
Felicitación
verbal pública en la formación.
c)
Felicitación
otorgada por la Dirección ,
en forma escrita.
d)
Publicación
bimestral en el Cuadro de Méritos del Colegio.
e)
Diploma
al mérito o medalla de honor.
f)
Medalla
de excelencia al término de los cinco años de estudios en el CASM, por haber
ocupado el primer puesto.
g)
Un
presente o material educativo.
h)
Asistencia
y/o participación en actividades lúdicas o culturales.
i)
Amnistías
de obligaciones o sanciones.
Artículo
20. Los alumnos que tengan un promedio
anual de 14 o más en las asignaturas del Colegio, están exceptuados de asistir
a los programas de nivelación escolar.
Artículo
21. Las becas o medias becas se
otorgarán de acuerdo al Reglamento de Becas, elaborado por una Comisión
presidida por la Dirección. Se
brindarán previa evaluación de los requisitos presentados.
DE LAS SANCIONES Y FALTAS
Artículo
22. El incumplimiento, por parte de
los alumnos, del presente Reglamento y de las normas de convivencia del
plantel, los hace acreedores a las siguientes sanciones:
a)
Amonestación
verbal y orientación del tutor, con registro en el anecdotario.
b)
Amonestación
escrita del tutor y convocatoria a los padres de familia y alumno.
c)
Separación
temporal del aula.
d)
Impedimento
en la participación de actividades lúdicas o recreativas.
e)
Disculpas
públicas.
El presente Reglamento
establece dos clases de faltas de acuerdo al grado de impacto en la
alteración o deterioro del orden
escolar: leves y graves.
Artículo
23. Las
faltas leves son actos de incumplimiento del Reglamento que afectan en menor
medida la labor escolar o los principios y valores que la sustentan
Artículo
24. Las faltas leves se sancionan con:
a)
Amonestación
verbal y orientación del tutor, con registro en el anecdotario.
b)
Amonestación
escrita del tutor y convocatoria a los padres de familia y alumno.
c)
Amonestación
y registro del incidente por la Subdirección.
Artículo
25. Se consideran faltas leves las
siguientes:
a) Incumplir
el trabajo escolar.
b) No
usar el uniforme estipulado por el Colegio.
c) No
traer la agenda escolar.
d) Dejar
de anotar en la agenda escolar las tareas y las evaluaciones programadas.
e) Hacer
mofa de sus compañeros por cualquier motivo.
f) Ir al
kiosco en horas de clase, sin autorización.
g) Ingresar
al aula fuera del horario.
h) Quedarse
en el aula en horas de recreo o a la salida, salvo permiso expreso del tutor o
autoridad.
i) Comer
o tomar bebidas en horas de clase.
j) Ensuciar
los ambientes y mobiliarios del plantel con desperdicios o inscripciones.
k) Realizar
actividades diferentes a las de la asignatura de la clase y/o garabatear los
cuadernos con imágenes que no corresponden al curso.
l) Ausentarse
o llegar tarde a clases, formaciones o actividades cívicas.
m) Realizar
actividades no autorizadas por el plantel.
n)
Usar
tatuajes, piercing y accesorios que no son parte del uniforme.
Artículo 26. Las faltas graves son actos u omisiones
que afectan en gran medida el proceso educativo en todos o algunos de los
siguientes aspectos:
a) Interrumpen
el proceso educativo.
b) Niegan
los principios y valores que sustentan el PEI del Centro Educativo.
c) Escandalizan
y desprestigian al Centro Educativo.
d) Ocasionan
perjuicio material y/o espiritual a los alumnos, profesores, personal
administrativo o de servicio y personas en general.
Artículo
27. Las faltas graves merecen:
a) Suspensión
temporal de 3 a
10 días hábiles y la realización de actividades reorientadoras, fuera del aula,
de acuerdo a la falta cometida, a criterio del Comité de Disciplina.
b) Cambio
de colegio por mutuo acuerdo entre los padres de familia y el Colegio.
Artículo
28. Se consideran faltas graves que
merecen suspensión temporal, las siguientes:
a) No
respetar los símbolos patrios, del Colegio, de la UNMSM , de otras
instituciones y religiosos.
b) Ejercer
presión o coacción sobre uno o varios alumnos del CASM.
c) La
agresión física, verbal o escrita, de manera grupal o individual a cualquier
miembro de la comunidad escolar.
d) Realizar o promover desorden en el aula, formación y en
toda actividad que programe el Colegio, tales como excursiones, viajes de
estudio, promoción y otras.
e) Cometer
fraude en los exámenes y/o tareas escolares, tales como copiar de sus compañeros,
plagiar y/o sustraer pruebas.
f) Participar
y/o promover juegos de azar (naipes, dados) y/o electrónicos (celular, MP3/4,
IPOD), o cualquier dispositivo electrónico o escrito, que porte o conserve
contenidos contrarios a la moral.
g) Traer
al Colegio equipos electrónicos, salvo autorización expresa de los profesores.
h) Deteriorar
la infraestructura, mobiliario y/o equipos del Colegio: lunas, carpetas,
cajones, interruptores, material didáctico, bibliográfico, deportivo, y todo
bien material de propiedad del Colegio.
i) Efectuar
transacciones comerciales de cualquier índole, no autorizadas por el Colegio.
j) Uso
de vocabulario soez, ademanes y gestos que atenten contra el pudor de los
demás, ya sea en forma gestual, hablada, escrita o gráfica.
k) El
uso del uniforme escolar, fuera del Colegio, en actos que atenten contra el
prestigio del plantel.
l) Participar
y/o promover riñas y/o peleas dentro y fuera del Colegio.
m) Realizar
manifestaciones amorosas dentro del Colegio y fuera de él, haciendo uso del
uniforme.
n) Hackear
correos electrónicos y/o discos duros, del personal y alumnos del Colegio,
dentro y fuera del plantel.
o) Ingresar
a lugares de juego de azar y/o videojuegos con el uniforme escolar.
p) Las
reincidencias de las faltas consideradas leves en el presente Reglamento, hasta
en dos oportunidades durante el bimestre.
Artículo
29. Constituyen faltas graves,
causales a tomar en cuenta para el cambio de colegio, las siguientes:
a) Consumir
y/o introducir en el Colegio y en actividades promovidas por él: cigarrillos,
bebidas alcohólicas y/o drogas.
b) Evasión
del Colegio.
c) Actos
inmorales.
d) La
sustracción de bienes de sus compañeros, personal docente o administrativo y
del Colegio.
e) Fraude
y/o falsificación en la documentación oficial interna.
f) Calumnia,
difamación o injuria en perjuicio del condiscípulo, profesor, padre de familia
o autoridades.
Artículo
30. Todas las faltas leves o graves,
conllevan el demérito en el criterio correspondiente de la nota de conducta.
Artículo 31. Las inasistencias al plantel constituyen falta leve, siempre que
estén debidamente justificadas y no superen el 30% de inasistencias
injustificadas durante el año, en cuyo caso el alumno perderá su derecho a
matrícula.
CAPÍTULO VI
DEL COMITÉ DE DISCIPLINA
Artículo
32. El Comité de Disciplina es un
órgano interno y con poder de decisión y se encarga de calificar las faltas, decidir
e impartir las sanciones a las faltas cometidas por los alumnos, según lo
normado en el Capítulo V del presente Reglamento.
Artículo
33. El Comité de Disciplina está
conformado por el Director, Subdirector, Coordinadores de Área y Psicólogo.
Artículo
34. El Comité de Disciplina elaborará
las normas para su funcionamiento.
CAPÍTULO VII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo
35. Cualquier situación no contemplada
en el presente Reglamento será resuelta por la Dirección del plantel.
Lince, 5 de junio del 2006
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